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↑ ÍNDICE








                       LOS REGLAMENTOS






                            REGLAMENTO DE LAS CUARENTA
                                   Y CUATRO VÍRGENES



                   1   Su número no pasará de cuarenta y cuatro. Cuando
                   alguna –por muerte o cualquier otro motivo– venga a faltar,
                   el párroco colocará a otra en su lugar, tras informarse de que
                   es modesta y de buenas costumbres. Ella hará voto para un
                   año de no contraer matrimonio.

                   2   Las que sean llamadas por Dios a contraer matrimonio,
                   consultarán a su director, y, conforme al parecer de éste
                   –una vez terminado el tiempo de su voto–, le devolverán,
                   antes del matrimonio, el velo y las sortijas; cuyo precio les
                   pagará él, si lo desean, y será reembolsado por quienes las
                   reemplacen.

                   3   Serán más fieles que el común de las jóvenes en la
                   recitación del rosario cotidiano y en evitar cuanto pudiere
                   manchar en lo más mínimo su pureza y mancillar la santidad
                   de su estado, como bailes, danzas, la compañía y reunión
                   con personas del otro sexo.


                   4   Se reunirán todas en la iglesia cuatro veces al año, en las
                   fiestas de la Anunciación de Nuestra Señora, el domingo en
                   la octava de la Asunción, en los días de la Concepción y de
                   la Purificación. Comulgarán juntas, vestidas de blanco, en
                   la misa mayor. Después de vísperas llevarán en procesión
                   una imagen de la Santísima Virgen. Luego asistirán a una
                   instrucción, que les dará el párroco u otro sacerdote en la
                   capilla del Rosario.

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