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↑ ÍNDICE
LOS REGLAMENTOS
REGLAMENTO DE LAS CUARENTA
Y CUATRO VÍRGENES
1 Su número no pasará de cuarenta y cuatro. Cuando
alguna –por muerte o cualquier otro motivo– venga a faltar,
el párroco colocará a otra en su lugar, tras informarse de que
es modesta y de buenas costumbres. Ella hará voto para un
año de no contraer matrimonio.
2 Las que sean llamadas por Dios a contraer matrimonio,
consultarán a su director, y, conforme al parecer de éste
–una vez terminado el tiempo de su voto–, le devolverán,
antes del matrimonio, el velo y las sortijas; cuyo precio les
pagará él, si lo desean, y será reembolsado por quienes las
reemplacen.
3 Serán más fieles que el común de las jóvenes en la
recitación del rosario cotidiano y en evitar cuanto pudiere
manchar en lo más mínimo su pureza y mancillar la santidad
de su estado, como bailes, danzas, la compañía y reunión
con personas del otro sexo.
4 Se reunirán todas en la iglesia cuatro veces al año, en las
fiestas de la Anunciación de Nuestra Señora, el domingo en
la octava de la Asunción, en los días de la Concepción y de
la Purificación. Comulgarán juntas, vestidas de blanco, en
la misa mayor. Después de vísperas llevarán en procesión
una imagen de la Santísima Virgen. Luego asistirán a una
instrucción, que les dará el párroco u otro sacerdote en la
capilla del Rosario.
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